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210.10 Declaración Responsable para la Consolidación del Uso Turístico de la Vivienda

La presente declaración responsable se presenta a los efectos de lo previsto en la Disposición Transitoria Primera de la Ley 6/2025, de 10 de diciembre, de Ordenación Sostenible del Uso Turístico de Viviendas, para el reconocimiento de la situación de consolidación del uso turístico de la vivienda y de la vigencia del régimen habilitante asociado.

Mediante este escrito, y dentro del plazo de cinco años desde la entrada en vigor de la Ley 6/2025, de 10 de diciembre, la persona declarante opta expresamente por la declaración responsable de uso turístico consolidado de la vivienda, solicitando que se mantenga vigente la declaración responsable presentada en su día conforme al Decreto 113/2015, de 22 de mayo, sin que constituya impedimento el nuevo planeamiento urbanístico aprobado conforme a las determinaciones de la Ley 6/2025, de 10 de diciembre.

Sólo podrá presentarse por las personas que ostenten la doble condición de propietario y explotador de la vivienda vacacional debidamente habilitada conforme Decreto 113/2015, de 22 de mayo.

Información sobre el trámite

Documentación a presentar
  • Copia de la declaración responsable habilitante del uso de la vivienda vacacional y documento acreditativo de la fecha de su presentación ante la administración turística competente, con antelación a la entrada en vigor de la Ley 6/2025, de 10 de diciembre, de Ordenación Sostenible del Uso Turístico de la Vivienda.
  • En los supuestos de propiedad horizontal: certificación registral u otro medio válido en derecho, oponible frente a terceros, que acredite que ni el título constitutivo, estatutos de la comunidad de propietarios o acuerdo oponible a terceros, determinan la no posibilidad de uso para finalidades diferentes a las de vivienda como residencia habitual, ateniéndose al régimen determinado en la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal.
  • Copia íntegra de la documentación correspondiente al ejercicio de la actividad de vivienda vacacional de la que se ha declarado disponer, exigida por la normativa de actividades clasificadas y por el Decreto 113/2015, de 22 de mayo. Al menos deberá aportarse (salvo que ya obre en poder del Ayuntamiento):
    • La documentación que fue presentada junto a la comunicación previa para el ejercicio de la actividad de vivienda vacacional y exigida conforme a la Ley 7/2011, de 5 de abril, de actividades clasificadas y espectáculos públicos y otras medidas administrativas complementarias y a su normativa de desarrollo.
    • La documentación que fue presentada para la obtención de la declaración responsable necesaria para el ejercicio de la actividad de vivienda vacacional y exigida conforme al Reglamento de las viviendas vacacionales de la Comunidad Autónoma de Canarias, aprobado por Decreto 113/2015, de 22 de mayo.
Información complementaria
Destinatarios
Sólo podrá presentarse por las personas que ostenten la doble condición de propietario y explotador de la vivienda vacacional debidamente habilitada conforme Decreto 113/2015, de 22 de mayo.
Lugar de presentación
  • Se podrá efectuar el trámite de referencia mediante su presentación en la sede electrónica del del Ayuntamiento de Puerto de la Cruz, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 
  • Cabe recordar que los obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con esta administración, acorde a lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberán efectuar sus trámites en la sede electrónica de esta Administración.
Plazos de solicitud
Todo el año
Tasa / Impuestos

Enlaces directos

Tramitación presencial

Tramitación electrónica

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