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210.11 Comunicación Previa de Instalaciones de Acometida Eléctrica Baja Tensión o Redes de Distribución / Redes de Distribución Media Tensión

En aplicación del Decreto-Ley 5/2024, de 24 de junio, por el que se modifica la Ley 6/2022, de 27 de diciembre, de cambio climático y transición energética de Canarias y de la Ley 11/1997, de 2 de diciembre, de regulación del sector eléctrico canario.

Dispone de 4 modelos normalizados según el caso:

EN EL CASO DE EJECUCIÓN POR INTERESADOS:

  • 210.11-BTI Comunicación Previa de Instalaciones de Acometida Eléctrica en Baja Tensión o Redes de Distribución (Obras a ejecutar por el propio interesado para conexión de suministro eléctrico con la red de distribución)
  • 210.11-MTI Comunicación Previa de Instalaciones de Redes de Distribución de Energía Eléctrica en Media Tensión (Obras a ejecutar por el propio interesado para conexión de un suministro eléctrico con la red de distribución existente)

EN EL CASO DE EJECUCIÓN POR EMPRESA DISTRIBUIDORA:

  • 210.11-BTD Comunicación Previa de Instalaciones de Acometida Eléctrica en Baja Tensión o Redes de Distribución (Obras a ejecutar por e-distribución como empresa distribuidora para conexión de
    suministros eléctricos que deben ser realizados obligatoriamente por la misma, según la normativa sectorial eléctrica, para dar suministro a clientes u obras contenidas en el plan de inversiones aprobado por la administración para mejoras de calidad de suministro)
  • 210.11-MTD Comunicación Previa de Instalaciones de Redes de Distribución de Energía Eléctrica en Media Tensión (Obras a ejecutar por e-distribución como empresa distribuidora para conexión de
    suministros eléctricos que deben ser realizados obligatoriamente por la misma, según la normativa sectorial eléctrica, para dar suministro a clientes u obras contenidas en el plan de inversiones aprobado por la administración para mejoras de calidad de suministro)

Información sobre el trámite

Documentación a presentar
En el apartado 8 de cada modelo se indica la documentación obligatoria a presentar.
Información complementaria
Destinatarios
Cualquier persona física o jurídica, así como entidades sin personalidad jurídica tales como comunidades de bienes, asociaciones, sociedades civiles, comunidades de bienes, herencias yacentes o comunidades de propietarios, entre otras.
Lugar de presentación
  • Se podrá efectuar el trámite de referencia mediante su presentación en la sede electrónica del del Ayuntamiento de Puerto de la Cruz, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 
  • Cabe recordar que los obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con esta administración, acorde a lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberán efectuar sus trámites en la sede electrónica de esta Administración.
Plazos de solicitud
Todo el año.
Tasa / Impuestos
Tasa por Servicios Urbanísticos:
      • Con PEM ≤ 6.000€                                     47,00€
      • Con PEM > 6.000€ ≤ 30.000€                    93,00€
      • Con PEM > 30.000€                                 125,00€
*PEM: Presupuesto de Ejecución Material Consulte aquí las Ordenanzas Fiscales.