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310.03.- Comunicación Previa para el inicio de Actividad Clasificada

Mediante la Comunicación Previa para el inicio de Actividad Clasificada, el interesado podrá comunicar la puesta en funcionamiento de una actividad, siempre que se trate de las incluidas en el Anexo del Decreto 52/2012, de 7 de junio, por el que se establece la relación de actividades clasificadas y se determinan aquellas a las que resulta de aplicación el régimen de autorización administrativa previa, manifestando bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente, que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantener su cumplimiento durante la vigencia de la actividad.

Las actividades clasificadas serán aquellas susceptibles de ocasionar molestias, alterar las condiciones de salubridad, causar daños al medio ambiente o producir riesgo para las personas o para las cosas, cualquiera que sea la naturaleza jurídica del suelo donde se asienten. Algunas de ellas serán restaurantes, cafeterías y talleres, entre otras, y vienen definidas y relacionadas en el Anexo de dicho Decreto, donde se determinan aquellas a las que resulta de aplicación el régimen de autorización previa.

En el apartado de Preguntas Frecuentes, así como Información Complementaria y en esta guía de tramitación, podrá consultar algunas cuestiones sobre su actividad y procedimiento a seguir.

Información sobre el trámite

Documentación a presentar
  • Además del Modelo 310.03, se deberá presentar con carácter obligatorio DECLARACIÓN RESPONSABLE para la puesta en marca o inicio de actividades clasificadas, de acuerdo con la Ley 7/2011, de 5 de abril, de actividades clasificadas y espectáculos públicos y otras medidas administrativas complementarias.
Con CÁRÁCTER GENERAL, será la siguiente:
    • Copia del DNI/CIF del solicitante.
    • Copia del DNI/CIF del representante y documento acreditativo de la representación que ostenta.
    • Informe de compatibilidad de Uso Favorable para la actividad.
    • Proyecto técnico, redactado por profesional competente y visado por el colegio profesional correspondiente (siempre que fuere exigible), en el que se describan las instalaciones, se justifique la adecuación de la actividad proyectada a los usos previstos en el planeamiento, a la normativa sectorial y ordenanzas municipales aplicables.
    • Memoria de seguridad, plan de autoprotección, estudio de impacto acústico y dispositivo de asistencia sanitaria, en los casos en los que dicha documentación fuere exigible de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de actividades clasificadas y espectáculos públicos, aprobado por Decreto 86/2013, de 1 de agosto, y siempre que sus contenidos no se hayan incorporado al proyecto técnico a que hace referencia el apartado anterior.
    • Documento acreditativo de la designación, por el promotor de la actividad, de la persona que debe asumir la responsabilidad técnica de la ejecución del proyecto y que debe expedir la certificación que acredite la adecuación del establecimiento a la licencia otorgada, en el que debe constar el nombre, la dirección y titulación y habilitación profesional de la persona designada.
    • Documentación requerida por la normativa sobre ruidos, calentamiento, contaminación acústica, residuos y vibraciones, y en todo caso la que determine la normativa sobre prevención y control ambiental según corresponda en función de las características del establecimiento y de las actividades a desarrollar en él.
    • Declaración responsable de la persona titular del establecimiento que sirve de soporte al ejercicio de la actividad donde haga constar el compromiso de contratación de una póliza de seguro de responsabilidad civil por la cuantía establecida en el Reglamento de actividades clasificadas y espectáculos públicos, aprobado por DECRETO 86/2013, de 1 de agosto.
    • Copia de las autorizaciones sectoriales previas o títulos habilitantes equivalentes que resulten preceptivas para la instalación de la actividad.
    • Memoria descriptiva, planos, mediciones y presupuesto, en el caso de que se vayan a realizar obras.
    • Fotografía de las fachadas del inmueble.
    • Certificado técnico acreditativo de la normativa urbanística y sectorial vigente para el ejercicio de la actividad propuesta, así como copia del DNI del técnico firmante, en el caso de no haber acreditado licencia de adecuación del inmueble.
    • En su caso, Documento acreditativo de seguridad estructural del establecimiento, expedido por profesional competente, debiendo ajustarse su contenido a lo dispuesto en el artículo 73 del Reglamento de actividades clasificadas y espectáculos públicos, aprobado por Decreto 86/2013, de 1 de agosto.
Con CÁRÁCTER ESPECÍFICO SOBRE LA ACTIVIDAD, será la siguiente:
    • Descripción detallada de la actividad según Anexo II, al que queda adscrita la actividad clasificada, según el Decreto 52/2012, de 7 de junio, por el que se establece la relación de actividades clasificadas.
    • Denominación comercial.
    • Epígrafe I.A.E.
    • Referencia catastral.
    • Superficie útil de la actividad en m².
    • Aforo interior y en terraza.
    • Indicación sobre si dispone de licencia de ocupación de espacio en vía pública.
Información complementaria
      1. Actividades Musicales: siempre que su aforo sea superior a 150 personas
      2. Actividades de Restauración, cuando dispongan de terraza o cualquier otro espacio complementario al aire libre, con una capacidad superior a 48 personas y en el resto de los casos, siempre que su aforo sea superior a 300 personas.
      3. Espectáculos Públicos: siempre que su aforo sea superior a 300 personas, salvo los establecimientos abiertos al público destinados a espectáculos públicos cinematográficos.
  • Con carácter previo a la presentación de la comunicación previa, el interesado podrá realizar la Consulta Urbanística Previa en esta administración, que se pronunciará sobre la compatibilidad de la actividad que se pretende instalar con el planeamiento y ordenanzas de aplicación.
 
Destinatarios
Cualquier persona física o jurídica, así como entidades sin personalidad jurídica tales como comunidades de bienes, asociaciones, sociedades civiles, comunidades de bienes, herencias yacentes o comunidades de propietarios, entre otras.
Lugar de presentación
  • Se podrá efectuar el trámite de referencia mediante su presentación en la sede electrónica del del Ayuntamiento de Puerto de la Cruz, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 
  • Cabe recordar que los obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con esta administración, acorde a lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberán efectuar sus trámites en la sede electrónica de esta Administración.
Plazos de solicitud
Todo el año, pudiendo dar inicio a la actividad el mismo día de su presentación.
Tasa / Impuestos
Conforme establece la vigente Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por la prestación de actividades administrativas de control, supervisión y verificación de licencias, comunicaciones previas y declaraciones responsables con motivo de la apertura de establecimientos dedicados a actividades de servicios, será de:
  • 113,16 €.- Instalación de actividades clasificadas sometidas a comunicación previa     
  • 242,13 €.- Puesta en marcha o inicio de actividades clasificadas cuya instalación se sometió a comunicación previa    
  • 260,83 €.- Puesta en marcha o inicio de actividades clasificadas en establecimientos cuya instalación no hubiese sido precedida, pese a ser preceptiva, de comunicación previa a la instalación     
  • 190,61 €.- Instalación e inicio de las actividades comerciales o servicios incluidos en el Real Decreto-Ley 19/2012, de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios     
Consulte aquí las Ordenanzas Fiscales.

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