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210.00.- Ocupación de la Vía Pública por obras

La solicitud de Ocupación de la vía pública por obras mediante andamios, plataformas elevadoras, maquinaria, grúa y/o apeos o vallados de obra, se tramitará por Licencia Urbanística o Comunicación Previa según las características de la vía donde se ubique la ocupación.

Consulte en el apartado de «Información complementaria» para conocer con qué procedimiento debe tramitarlo.

En el caso de Ocupación de la vía pública con bandejas de escombros, camiones y/o camiones-grúa para carga y descarga de materiales o similar, así como la reserva de espacios, se solicitará mediante otro trámite y Modelo 100.01 de Solicitud de Autorización Temporal para la ocupación de la vía pública.

Asimismo, la Ocupación de la vía pública con terrazas, se solicitará mediante su correspondiente trámite y Modelo de Solicitud de Informe de Viabilidad de Ocupación de la vía pública.

Si la ocupación se vincula con alguna obra, se puede solicitar esta autorización conjuntamente en el mismo procedimiento y modelo donde se solicitan o comunican las actuaciones a realizar.

Información sobre el trámite

Documentación a presentar
Será la señalada en el punto 12 del modelo referenciado 210.02 de Licencia Urbanística o en el punto 16 del modelo referenciado 210.04 de Comunicación Previa de obras:
    • Indicación del elemento a instalar (andamios, plataforma elevadora, maquinaria, grúa y/o apeos).
    • Indicación de la ubicación (si apoya sobre la calzada, acera o vía peatonal y si se respeta el paso peatonal de 1,20 m).
    • Superficie de ocupación (longitud x anchura).
    • Duración total de la ocupación en días.
    • Indicación si la ocupación se vincula con algún expediente de obras.
    • Memoria descriptiva de la ocupación.
    • Planos acotados donde se señale el largo y ancho de la ocupación.
    • Documentación gráfica de los elementos a instalar, justificando si se respeta en su caso, el paso peatonal de 1,20 m.
    • Posibles afecciones, itinerarios y señalizaciones en la vía pública.
    • Documento técnico redactado por un técnico competente que se responsabilice de la instalación, en el caso de andamios o plataformas elevadoras.
En el margen derecho dispone de un documento denominado "Ejemplo Croquis Ocupación de la Vía Pública", que le ayudará a confeccionar el plano acotado con las dimensiones de la ocupación.
Información complementaria
CUÁNDO SE TRAMITA POR LICENCIA URBANÍSTICA (MODELO 210.02):
    • Si apoyan sobre la calzada o sobre la acera y/o vía peatonal y no se permite el paso libre de 1,20 m. para peatones.
    • Cumplimentar el punto 12 del modelo normalizado 210.02 y aportar la documentación señalada.
CUÁNDO SE TRAMITA POR COMUNICACIÓN PREVIA (MODELO 210.04):
    • Si apoyan sobre la acera y/o vía peatonal y se permite el paso libre de 1,20 m. para peatones.
    • Cumplimentar el punto 16 del modelo normalizado 210.04 y aportar la documentación señalada.
OCUPACIÓN DE LA VÍA CON BANDEJAS DE ESCOMBROS, CAMIONES Y/O CAMIONES-GRÚA Y RESERVA DE ESPACIOS:
Destinatarios
Cualquier persona física o jurídica, así como entidades sin personalidad jurídica tales como comunidades de bienes, asociaciones, sociedades civiles, comunidades de bienes, herencias yacentes o comunidades de propietarios, entre otras.
Lugar de presentación
  • Se podrá efectuar el trámite de referencia mediante su presentación en la sede electrónica del del Ayuntamiento de Puerto de la Cruz, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 
  • Cabe recordar que los obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con esta administración, acorde a lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberán efectuar sus trámites en la sede electrónica de esta Administración.
Plazos de solicitud
Todo el año.
Tasa / Impuestos
  • Tasa ocupación de suelo (en caso de necesitar ocupar la vía pública con materiales de construcción, escombros, vallas, puntales, andamios y otras instalaciones análogas, por m2): Conforme lo dispuesto en la vigente Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por utilizaciones privativas y aprovechamientos especiales del dominio público local será de aplicación la siguiente tarifa, por metro cuadrado o fracción al año, prorrateable por meses de 23,32 €.
  Consulte aquí las Ordenanzas Fiscales.    

Enlaces directos

Tramitación presencial

Tramitación electrónica

Atención al público

Ayto. Puerto de la Cruz
Plaza Europa, 1
38400 Puerto de la Cruz
Santa Cruz de Tenerife

922 37 84 00
Ext. 2005 / 2018

De 9:00 a 13:00 Hrs.
Cerrado sábados y domingos