¿Cómo tramitar la Licencia de instalación de Actividad Clasificada?
Las actividades clasificadas serán aquellas susceptibles de ocasionar molestias, alterar las condiciones de salubridad, causar daños al medio ambiente o producir riesgo para las personas o para las cosas, cualquiera que sea la naturaleza jurídica del suelo donde se asienten.
El Decreto 52/2012, de 7 de junio, por el que se establece la relación de actividades clasificadas y se determinan aquellas a las que resulta de aplicación el régimen de autorización administrativa previa, enumera las actividades clasificadas que requieren de previa licencia de instalación, siendo las siguientes:
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- Actividades Musicales: siempre que su aforo sea superior a 150 personas
- Actividades de Restauración, cuando dispongan de terraza o cualquier otro espacio complementario al aire libre, con una capacidad superior a 48 personas y en el resto de los casos, siempre que su aforo sea superior a 300 personas.
- Espectáculos Públicos: siempre que su aforo sea superior a 300 personas, salvo los establecimientos abiertos al público destinados a espectáculos públicos cinematográficos.
PASO 1: Presentación de solicitud de Licencia de instalación de Actividad Clasificada
Mediante la solicitud de Licencia de instalación de Actividad Clasificada, el interesado podrá obtener autorización para realizar las instalaciones ligadas al acondicionamiento del local para desempeñar una actividad clasificada. Se incluye aquellas que requieren de autorización administrativa previa.
PASO 2: Presentación de Declaración Responsable
Otros modelos relacionados
Consulta Urbanística Previa de la Actividad (Compatibilidad de uso)
Su solicitud es de carácter opcional. Antes de la presentación de la comunicación previa, el titular de una instalación o promotor podrá solicitar información relativa a la compatibilidad de la instalación o actividad proyectada con el planeamiento y ordenanzas aplicables en el municipio.
Comunicación de Cambio de Titularidad o Subrogación de Actividad
Las actividades que se ejerzan legitimadas por otorgamiento de licencia, acto comunicado o declaración responsable de actividades tanto inocuas o no clasificadas, así como clasificadas, serán transmisibles mediante Comunicación de Cambio de Titularidad, debiendo el antiguo y nuevo prestador de la actividad poner en conocimiento al Ayuntamiento dicha transmisión.
La Comunicación de Subrogación de Actividad, es el procedimiento mediante el cual se comunica a la Administración el cambio de titularidad de una actividad de apertura, durante la tramitación de la misma.
Comunicación de Modificación o Renuncia de Actividad
Mediante la Comunicación de Modificación, el promotor de una actividad pone en conocimiento a esta administración sobre la modificación o alteración de la actividad en funcionamiento, la cual dispone de título habilitante.
Mediante la Comunicación de Renuncia, el promotor de una actividad pone en conocimiento a esta administración sobre el cese del ejercicio de la actividad.
Atención al público
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